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Actualización de datos en el Registro Municipal de Asociaciones



Nivel de Modernización 1. InformaciónNivel de Modernización 2. Descarga de formulariosNivel de Modernización 3. Iniciación electrónica

Nivel de Modernización 3. Iniciación electrónica

Información
Descripción Mediante este procedimiento se permite a las asociaciones cumplir con la actualización de datos descrita en el artículo 22.6 del Reglamento de Participación Ciudadana, por el cual están obligadas a comunicar al Registro en el primer trimestre de cada año tanto las modificaciones existentes, y el programa anual de actividades, así como el número de asociados a 31 de diciembre, todo ello con la finalidad de que el Registro se mantenga actualizado.
Sujeto Asociaciones inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones
Forma de inicio A instancia de parte
Plazo de presentación En el primer trimestre de cada año
Lugar de presentación A través del Registro Telemático identificándose con DNI Electrónico o Certificado Digital reconocido.

De acuerdo al artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento de la Administraciones Públicas, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
a) Las personas jurídicas.
b) Las entidades sin personalidad jurídica.
c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación que se debe presentar
Tipo Presentación
Solicitud: Instancia de solicitud telemática Obligatorio Telemática
Certificación de Junta Directiva: Certificación de los miembros que integran la Junta Directiva de la asociación Obligatorio Telemática
Certificación del número de socios: Certificación del número de socios inscritos en la asociación Obligatorio Telemática
Presupuesto anual: Presupuesto estimado de la asociación para el año Obligatorio Telemática
Memoria o programa de actividades: Memoria de gestión Obligatorio Telemática

Leyenda
Tipo Obligatorio Obligatorio Opcional Opcional
Presentación Ambas Ambas Presencial Presencial Telemática Telemática
Normativa
L 39/2015 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
L 40/2015 Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Ley Orgánica 1/2002 Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación
Real Decreto 1740/2003 Real Decreto 1740/2003, de 19 de diciembre, sobre procedimientos relativos a Asociaciones de Utilidad pública.
L 3/2018 Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
RGPD Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la Protección de las Personas Físicas en lo que respeta al tratamiento de datos de datos personales y a a libre circulación de estos datos.
L 7/1985 Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Reglamento de Participación Ciudadana Reglamento de Participación Ciudadana
Enlace al reglamento

Tramitación telemática
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